Con relación a las últimas noticias de la desescalada, se informa que la misma no deja de ser un cuaderno de intenciones o borradores de alguna instrucción o norma que, a día de hoy, todavía no ha sido publicada.

Por tanto, la única legislación vigente en estos momentos es la del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y sucesivos Reales Decreto-ley que no hayan sido anulados.

Es de advertir que determinados negocios que permanecen cerrados actualmente por dicha legislación, ante la creencia de poder iniciar su actividad, pueden encontrarse con que las autoridades les clausuren o incluso les sancionen.

Recomendamos a todos nuestros clientes estar atentos a todo aquello que salga publicado en los próximos días en los Boletines Oficiales del Estado o Comunidades Autónomas donde se recogerá la verdadera regulación y, por tanto, se podrán abrir los negocios y comercios de la tan anunciada desescalada con arreglo a dichas normas.

Adjuntamos ENLACE A PDF acerca de las previsiones orientativas para el levantamiento de las limitaciones de ámbito nacional, establecidas en el estado de alarma, en función de las fases de transición publicadas por el ministerio de sanidad.