La tarjeta criptográfica, soporte de la firma digital, permite autenticar y garantizar la confidencialidad entre los ciudadanos, empresas y otras instituciones y administraciones públicas a través de redes abiertas de comunicación, con aplicaciones en numerosas gestiones de la e-Administración, como la presentación telemática de la declaración de IRPF y otros impuestos, consultas de vida laboral a la Seguridad Social, compra-venta de valores del Tesoro, etc. Para ello es necesaria previamente la Identificación electrónica.

La tarjeta criptográfica es también un documento de identificación físico y lógico y puede ser usada como un elemento de control de accesos, permitiendo aplicaciones de correo seguro y servicios de autenticación única.

Con la creación de la tarjeta que contiene la firma digital,  los procesos internos se agilizan y las gestiones con las Administraciones Públicas se realizan en tiempo record y sin esperas

El que su compañía tenga un tarjeta con firma digital facilita cualquier proceso que precise de una firma manuscrita: contratos con clientes o proveedores, contratos de empleados, facturas o cualquier otro tipo de documento que exija una firma.

 

¿Quién lo puede solicitar?

Los representantes legales (administradoras) y/o los Representantes voluntarios con poder para tal efecto (apoderados generales o especiales).
Los profesionales Autónomos o Empresarios individuales, cuando no dispongan de una Personalidad jurídica que las represente podrán pedir un certificado corporativo de persona física en el cual la identidad de la persona física y de la persona jurídica serán iguales.

Qué ventajas tiene

Evitar esperas innecesarias en Administraciones públicas

Evitar incompatibilidades de software en navegadores al instalar los certificados digitales

Agilidad en la gestión

Rapidez en la obtención de documentación