¿TODAVÍA NO HAS RECLAMADO LA PLUSVALÍA QUE PAGASTE EN SU DÍA?

El Tribunal Constitucional declaró nulo el procedimiento de cálculo del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), regulado en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, para todas las transmisiones que no supongan un incremento de valor respecto a la compra. Pero, qué sucede con aquellas transmisiones en las que se ha producido incremento de valor …
¿TODAVÍA NO HAS RECLAMADO LA PLUSVALÍA QUE PAGASTE EN SU DÍA?

¿TODAVÍA NO HAS RECLAMADO LA PLUSVALÍA QUE PAGASTE EN SU DÍA?

¿TENGO DERECHO A RECLAMAR ALGUNA DEVOLUCIÓN POR ERROR DE CÁLCULO DEL IMPUESTO?

Este problema se está dirimiendo en los tribunales, dónde queda constancia que el método de cálculo está mal diseñado (de hecho, el Tribunal Constitucional ha compelido al legislador estatal para que regule un nuevo procedimiento de cálculo que se ajuste a la naturaleza del impuesto) y los tribunales han dejado constancia de esta circunstancia en diversas sentencias.
El legislador tiene la obligación de modificar y adaptar la normativa a la naturaleza del impuesto como le ha exigido el Tribunal Constitucional, por tanto, que sucede con aquellas “Plusvalías Municipales” que se han pagado con ganancia. Se debe parar la prescripción con un recurso ante el Ayuntamiento que nos liquidó y así tener la posibilidad de reclamar judicialmente cuando haya jurisprudencia en casación (de obligado cumplimiento) que nos avale con las “Plusvalías” con ganancia. Una vez prescrito la acción (la prescripción es de un año si ha sido autoliquidación y de cuatro si el Ayuntamiento nos hizo una propuesta de liquidación) de reclamar, ya no podremos reclamar ni en vía administrativa ni en vía judicial y habremos perdido la opción de hacer valer nuestro derecho frente a la Administración.

 

¡¡HAZ VALER TU DERECHO Y RECLAMA YA!!
PARALIZA LA PRESCRIPCIÓN Y MANTÉN INTACTAS TUS OPCIONES DE RECLAMAR JUDICIALMENTE EN EL FUTURO
¿TODAVÍA NO HAS RECLAMADO LA PLUSVALÍA?

¿TODAVÍA NO HAS RECLAMADO LA PLUSVALÍA?

 

 

 

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