Recientemente se aprobó la Ley Crea y Crece, una legislación que aborda diversos aspectos cruciales para la gestión empresarial. Entre las numerosas disposiciones, la Ley destaca por la regulación de la factura electrónica, una herramienta destinada a fortalecer el control y la seguridad de las operaciones entre empresas y profesionales, así como su gestión posterior mediante Veri*factu.

En el Grupo F. Alvarez, siempre nos mantenemos a la vanguardia de las últimas regulaciones y novedades que impactan el entorno empresarial por lo que os mandamos un resumen inicial de las novedades y como afecta en cada caso, no obstante, cada uno recibirá mayor información por parte de su asesor según llegue el momento de la implantación.

Las Novedades de la Ley Crea y Crece: Un Resumen Rápido

La Ley Crea y Crece no solo se centra en la factura electrónica; también establece medidas para reducir la morosidad empresarial y contempla la posibilidad de constituir nuevas sociedades con un capital social de tan solo 1 €.

Para conocer más detalles sobre esta legislación, te invitamos a revisar el Real Decreto de finales 1007/2023.

 

Detalles Claves del Nuevo Reglamento: RD 1007/2023 de 5 de Diciembre

Con la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Real Decreto 1007/2023, fechado el 5 de diciembre, finalmente tenemos la base normativa para concretar las obligaciones y fechas que regirán la facturación bajo los nuevos requisitos de Veri*factu, la plataforma diseñada por la Agencia Tributaria para tal fin.

 

Objetivos Claros para Empresas y Autónomos

La nueva normativa de facturación establece objetivos concretos:

 

Reforzar la obligación de emitir factura: Se busca que todas las operaciones comerciales queden registradas de manera segura y accesible.

 

Facilitar la comprobación tributaria: Se implementan elementos de seguridad y control en los registros, como códigos QR y firmas digitales, para garantizar la integridad y autenticidad de los datos.

 

Incentivar la participación del consumidor: Se alienta a los consumidores a solicitar comprobantes de operaciones y a compartir información con la Administración tributaria para verificar la exactitud de las facturas.

 

Contribuir a una mayor igualdad ante la ley: Se busca reforzar los principios de equidad y capacidad contributiva en el reparto de las cargas tributarias.

 

Asegurar la Integridad y Autenticidad de los Datos: Dificultando cualquier intento de falsificación de los registros de facturación, con elementos de seguridad y control como los anteriormente citados.

 

Facilitar el Cumplimiento de Obligaciones Tributarias

 

     1-¿Qué es la Factura Electrónica?

                 La factura electrónica será, por tanto, obligatoria entre empresarios y profesionales.

                 Deberá expedirse y recibirse en formato electrónico a través de una plataforma de intercambio de facturas                       electrónicas que cumpla con las especificaciones del reglamento Veri*Factu.

 

     2-¿Quién Debe Cumplir con la Normativa?

                Empresas y profesionales obligados a facturar según el R.D. 1619/2012, a excepción de aquellos cuya sede o                      establecimiento no esté en territorio español.

                En general, deben cumplir la normativa empresas sujetas al Impuesto de Sociedades, personas que presenten                  el IRPF, y no residentes que obtengan rentas mediante un establecimiento permanente.

 

      3-¿Cómo Debe Ser la Factura?

               Las facturas deben intercambiarse a través de un punto público, con numeración indicada en la factura y                           comunicada en la web de la empresa.

               En caso de no utilizar una solución pública, deben enviarse por Veri*Factu una copia, indicando en la factura                     «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» o «VERI*FACTU».

               Deben identificarse con un código único que incluya CIF o NIF, número y serie de la factura, y fecha de                                 expedición.

 

      4-¿Cuándo Entra en Vigor?

               Los sujetos obligados deben comenzar a cumplir estas obligaciones a partir del 1 de julio de 2025.

               Es fundamental tener presente que, al facturar a una empresa o profesional no obligado al nuevo sistema, se                   debe emitir una copia en formato PDF legible para el destinatario.

 

En el Grupo F. Alvarez, estamos comprometidos a mantenerte informado sobre los cambios que afectan tu actividad empresarial. Si tienes preguntas o necesitas más detalles sobre la factura electrónica y la Ley Crea y Crece, no dudes en contactarnos en los próximos meses en los que habrá mayor detalle del proceso de adaptación.

¡Prepárate para la transformación digital en la facturación empresarial!